Sentencia del TSJPV ::: Metro Bilbao vuelve a vulnerar el derecho a la huelga
La sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia del Pais Vasco ha estimado el recurso de suplicación interpuesto por los sindicatos LAB y ELA (en representación del Comité de Huelga) contra una sentencia previa acerca de la aplicación de los servicios mínimos habidos en las jornadas de paros parciales realizadas en Metro Bilbao durante 2011 y 2012.
El fallo admite que cuando un trabajador/a sea designado para realizar servicios mínimos durante la convocatoria de paros parciales tiene derecho a percibir la retribución durante TODO el tiempo de los servicio mínimos.
El Tribunal entiende que la conducta realizada por la empresa, la cual sólo abonaba el tiempo de trabajo efectivo más quince minutos, vulnera el derecho a la huelga.
Para LAB, mediante esta sentencia,la cual aún no es firme, queda demostrado, por segunda vez, que las actuaciones llevadas a cabo por la dirección del suburbano durante el conflicto habido en Metro Bilbao han distado mucho del respeto a la legislación vigente en materia de regulación del derecho a la huelga.
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