Alegazioak - 2008ko uztaila

No profile photo ALLERI zainddu! | 2008-07-22 13:24

ALEGAZIOAK

Informazioa ukatzen badigute ere, azkenean lortu da Alleriko Hiri Antolamenduko Plan Bereziari alegazioa aurkeztea. Alegazioan arrazoitzen diren puntu nagusiak hauek dira (gazteleraz):

  • Las NNSS aprobadas por el ayuntamiento de Ondarroa en 1993 no toman en cuenta el deslinde de DPMT y las zonas de servidumbre de protección de costas.
  • El informe medioambiental de la consultora EKOS carece de rigor al no representar en los planos el area clasificada como LIC ES2130011, en el que de conformidad con la Directiva 92/43/CE, el cauce del río Artibai es incluida como Lugar de Interés Comunitario dentro de la Región Biogeográfica Atlántica.
  • En dicho estudio se han obviado los hábitats de interés comunitario 91EO (bosques aluviales residuales) y 6510 (prados pobres de siega de baja altitud), justo donde iría la urbanización.
  • Para estos grupos ecologistas sorprende que en las consideraciones previas del informe se tome en cuenta el PTS de zonas húmedas, en el que precisamente, el proyecto afecta a zona húmeda de preservación agroganadera o de campiña.
  • No se toma en cuenta tampoco que el area está dentro de la zona de conservación de especies amenazadas (PEOU), e incluida en un plan de gestión para el visón europeo aprobado por la diputación de Bizkaia (Decreto Foral 118/2006)
  • La zona urbanizada es inundable o sea de inundación o avenida.
  • Que este Plan es contrario al PMA (Programa Marco del Agua) en que se impulsa la reducción de zonas artificializadas por la acción urbanística y por infraestructuras, y detener la pérdida de biodiversidad restaurando los humedales de la CAPV en 50 Ha.
  • El decreto 160/2004 califica a Aieri como zona húmeda costera de gran fragilidad y de gran potencial recuperable.
  • Las alternativas presentadas se basan solamente en el único criterio de construir 500 viviendas sin tener en cuenta las 499 viviendas vacias contabilizadas en Ondarroa. Estas 500 viviendas supondrían un volumen de población de más de 1500 personas y otros tantos vehículos. Esta presión antrópica haría desaparecer de la zona 2 especies de aves que figuran en el anexo I de aves de la Directiva 79/409/CE.


Hemendik jasoa: Berdeak

Alegazioa osorik irakurtzeko: Mutriku Natur Taldea




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